Deslinde de Responsabilidad Wakeboard

DESLINDE DE RESPONSABILIDAD WAKEBOARD:

Deslinde de responsabilidad. Limitación general de responsabilidad civil.

  1. Que Sharewood Park SA opera un complejo para la práctica de deportes alternativos, e incluye la práctica de deportes acuáticos mediante un sistema de tracción a cable ya sea utilizando una tabla de Wakeboard, Ski acuático, Stand up Paddle Board, Kayak, y/o cualquier otro similar, que tengo pleno conocimiento de que la actividad física que realizo es de riesgo y conocida como deporte extremo y como tal implica estar frente a riesgos físicos constantes. Asumo la total responsabilidad de lo que pueda suceder practicando este deporte, tanto a mi persona como a terceros por mi actuación.
  2. Asumo las consecuencias de que el desarrollo de este deporte me expone a riesgos inherentes que pueden resultar en heridas, incapacidades totales y/o parciales permanentes y/o transitorias, parálisis y/o muerte, en cada ocasión que lo practicó.
  3. El deportista observará las normas de seguridad e indicaciones de él operador de “Sharewood Park SA” en cuanto al correcto uso de las instalaciones y su mecanismo de funcionamiento. En caso que no respete las normas informadas, podrá ser obligado a cesar la práctica y será retirado del complejo.
  4. Obligación de usar equipo de seguridad al ingresar a la laguna: es obligatorio el uso de casco y chaleco salvavidas, en caso de que el usuario no de conformidad con la utilización de dichos elementos de seguridad no se le permitirá el acceso al agua, y si los perdiere durante la sesión deberá salir del agua inmediatamente y reponerlos para volver a la actividad.
  5. Alcohol y Drogas: el usuario no podrá estar bajo la influencia del alcohol o cualquier tipo de drogas, (licita e ilícita), que afecten su sano juicio, su visión, coordinación y/o equilibrio. En caso que el operador de “EL CABLE” observe actitudes que permiten asumir la utilización de estas sustancias, el usuario deberá cesar en la práctica y podrá ser retirado del complejo.
  6. La rotura del material (tabla, fijaciones, chaleco, casco, etc.), causado por el uso de los módulos durante la cesión, quedará bajo entera responsabilidad del usuario, abonando la suma total del material dañado.
  7. El usuario se responsabiliza de todo tipo riesgo que fuere ocasionado hacia su persona y/o terceros producto de averías, desperfectos o mal mantenimiento del lugar como de sus instalaciones (sistema de tracción a cable, infra estructura y alrededores).

El firmante (y/o su padre/tutor) acepta liberar a, “Sharewood Park SA”, CUIT: 30-71570674-8”, sus propietarios, sus operadores y sus patrocinantes de cualquier tipo de responsabilidad surgida previo durante o posterior en caso de producirse accidentes como consecuencia de la práctica del deporte y/o la utilización de cualquiera de las instalaciones por parte del usuario, así como de cualquier otro accidente que surja por caso fortuito fuerza mayor, culpa grave y/o dolo.

Declaro haber realizado los entrenamientos físicos, técnicos previos necesarios para la práctica de ésta disciplina deportiva y estar en condiciones psico-físicas aptas para la práctica del deporte como así también declaro conocer aceptar y poseer el equipamiento y el conocimiento técnico necesario.

Según Artículos del Código Civil y Comercial de la Nación

Artículo 1757. Hecho de las cosas y actividades riesgosas: Toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realización. La responsabilidad es objetiva. No son eximentes la autorización administrativa para el uso de la cosa o la realización de la actividad, ni el cumplimiento de las técnicas de prevención

Artículo 1758. Sujetos responsables: El dueño y el guardián son responsables concurrentes del daño causado por las cosas. Se considera guardián a quien ejerce, por sí o por terceros, el uso, la dirección y el control de la cosa, o a quien obtiene un provecho de ella. El dueño y el guardián no responden si prueban que la cosa fue usada en contra de su voluntad expresa o presunta.

En caso de actividad riesgosa o peligrosa responde quien la realiza, se sirve u obtiene provecho de ella, por sí o por terceros, excepto lo dispuesto por la legislación especial.

Al realizar la reserva declaro que he leído y acepto los términos y condiciones del presente documento.